Propuesta de REGLAMENTO para la MODALIDAD TODO INCLUIDO
INTRODUCCIÓN
Nuestra comunidad atraviesa por una época de incertidumbre
en nuestra principal industria, el turismo.
La presencia cada vez más importante de destinos que compiten por precio
y por instalaciones modernas y más adaptadas al entorno obligan al sector
a replantearse que nuestro producto tiene que ofrece algo más de lo que
hasta ahora había dado, nuestra posición a variado, ya no vienen
los turistas solo por el sol y playa, hay que incorporar otros elementos al
producto que permitan competir en el mercado sin tener que bajar los precios
o recurrir a modalidades que no son necesarias, ya que disponemos de una importante
oferta de servicios turísticos, un patrimonio cultural que merece ser
visitado, una hospitalidad y una riqueza natural que nos hacen diferentes y
únicos en el Mediterráneo.
El continuo incremento de la modalidad del Todo Incluido que se ofrece en los
establecimientos hoteleros de la Comunidad Balear, ha creado una situación
de conflicto entre la oferta de alojamiento y la oferta complementaria que hasta
hace poco convivían sin problemas.
A su vez la calidad del servicio y del producto que se ofrece en los establecimientos
es en muchos casos insuficiente, cuando se tiene como principal objetivo la
satisfacción del cliente.
La aparición de destinos turísticos en los que se ofrece esta
modalidad, en instalaciones más acordes para su disfrute y en las que
el entorno obliga a ofrecerlo (falta de oferta complementaria, inseguridad)
han obligado a los establecimientos hoteleros de las Baleares a ofrecerlo, pero
en la mayoría de los casos no cumplen con las condiciones para que el
cliente se sienta satisfecho, no hay las instalaciones adecuadas, falta de espacios,
falta de servicio, producto de poca calidad, de ahí que sea necesario
redactar un reglamento que sea de obligado cumplimiento para aquellos establecimientos
que quieran, basándose en estándares de calidad ofrecer la modalidad
del Todo Incluido, comprometiéndose a cumplirlos y así poder garantizar
al cliente su satisfacción.
El presente reglamento se presenta como la norma a cumplir para aquellos establecimientos
turísticos que ofrezcan el servicio de Todo Incluido a los clientes que
se alojen en él.
Este reglamento no pretende sustituir la legislación vigente, lo que
significa que cualquier decreto o ley de rango superior tendrá prioridad
sobre este reglamento, pero si se deberá cumplir cuando el establecimiento
oferte la modalidad de Todo Incluido.
El contenido de este reglamento es el mínimo a cumplir por los establecimientos
que oferten Todo Incluido, por encima del cual cada establecimiento decide donde
situarse. Los valores de estos mínimos varían según la
categoría del establecimiento.
El fin de este reglamento es garantizar un determinado nivel de servicio al
cliente pero sin impedir que se aumente el nivel si se quiere ofrecer un producto
de alta calidad.
Sólo si se comienza a exigir unos determinados niveles de calidad en
las instalaciones, en el servicio y en el producto, podremos diferenciarnos
de otros destinos que por su situación pueden competir en precios, nuestro
reto es distinguirnos como destino capaz de ofrecer hospitalidad, apertura,
cultura, recursos naturales conservados y cuidados, productos complementarios
a la estancia, (senderismo, cicloturismo, buceo, compras, diversión,
gastronomía, etc) y así recuperar nuestro peso en los principales
mercados y dejar de sufrir la incertidumbre que actualmente padecemos.
OBJETO
1.1 El presente Reglamento tiene por objeto describir los requisitos mínimos
que deben cumplir los establecimientos hoteleros que ofrezcan la modalidad de
Todo Incluido a los clientes.
1.2 La finalidad de este reglamento es alcanzar y asegurar la calidad de servicio,
instalaciones y producto, el objetivo es conseguir la plana satisfacción
del cliente
ALCANCE
2.1 Este reglamento será aplicable y de obligado cumplimiento a todos
los establecimientos hoteleros que ofrezcan la modalidad de Todo Incluido a
los clientes.
2.2 En aquellos establecimientos que se ofrezcan varias modalidades de servicios
y una de ellas sea Todo Incluido deberá cumplir con el Reglamento en
su totalidad aunque esta modalidad sea minoritaria.
2.3. En la definición de este Reglamento se han tenido en cuenta consideraciones
relativas a las necesidades y expectativas de los clientes, enfocados a alcanzar
los niveles de calidad de servicio acordes con las exigencias de la demanda.
También se ha tenido en cuenta los requisitos y recomendaciones de las
Norma de Calidad editada por el ICTE y de las normas de la serie ISO 9000.
REQUISITOS GENERALES
Gestión medioambiental
3.1 La dirección del establecimiento deberá tener los conocimientos
suficientes para poder realizar una correcta gestión medioambiental de
su establecimiento. Igualmente, facilitará a su personal la formación
necesaria para que puedan desarrollar una correcta gestión medioambiental
en su labor cotidiana.
3.2. La dirección informará al cliente de aquellas medidas de
mejora de la gestión medioambiental adoptadas por el establecimiento
y que puedan repercutir en el servicio ofrecido, solicitando su colaboración,
que siempre será opcional. Ahora bien, la gestión medioambiental,
en ningún caso, deberá generar un menor nivel de servicio hacia
el cliente, si éste no desea colaborar voluntariamente.
3.3. La gestión medioambiental de un establecimiento hotelero debe cubrir,
por lo menos, las siguientes áreas:
a) Ahorro de energía
b) Ahorro de agua
c) Utilización de detergentes y otros productos de limpieza e higiene
d) Minimización de la generación de deshechos.
e) Clasificación de desechos
f) Sensibilización y motivación de los clientes y/o empleados
g) Aprovisionamiento
h) Información
i) Recogida de aceites usados (cocina, vehículos propiedad del establecimiento?)
En cualquier caso, cada establecimiento tendrá una plan de gestión
medioambiental adecuado a la situación local. Los establecimientos están
obligados a cumplir los niveles mínimos que exijan las administraciones
locales atendiendo a los criterios de la Agenda Local 21 o los que dicte la
Comisión de Calidad.
3.4Seguidamente, se definen las líneas de actuación a seguir en
la gestión de las áreas anteriormente definidas:
a) Ahorro de energía.- Se intentará reducir el consumo de energía,
a través de tres medidas básicas:
a.1) Introducir sistemas de gestión individual de aparatos diversos.
a.2) Apagar aparatos eléctricos o similares cuando no se estén
utilizando o no se vayan a utilizar.
a.3) Utilizar aparatos de bajo consumo o que utilicen energías alternativas.
b) Ahorro de agua.- Se tomarán medidas tendentes a reducir el consumo
de agua, a través de las siguientes medidas básicas:
b.1) Eliminar todos los puntos de perdida de agua en las tuberías grifería
de conducción de la misma
b.2) Dotar al establecimiento de grifería adecuada para el ahorro de
agua.
b.3) Limitar la capacidad de las cisternas de agua de los inodoros y similares
b.4) Captación y aprovisionamiento de aguas.
c) Utilización de detergentes y otros productos de limpieza e higiene.-
Se tomarán medidas tendentes a reducir el consumo de detergentes no biodegradables
y sprays que contengan CFC y FREON
d) Generación de desechos.- Se tomarán medidas tendentes a reducir
los desechos generados y a limitar los desechos no reciclables:
d.1) Limitar el uso de alimentos, gel, champús o similares envasados
en
porciones individuales.
d.2) Utilizar preferentemente productos con envase retornable.
d.3) Limitar el uso de productos envasados en latas (bebidas, ...), botellas
de plástico y empaquetamientos compuestos (cartón, aluminio).
e) Clasificación de desechos.- Se impulsará la clasificación
de los desechos generados, facilitando de esta manera el reciclaje de los mismos.
f) Información y sensibilización.- Se mantendrán informados
convenientemente al personal, proveedores y clientes de las medidas adoptadas
para mejorar la gestión medioambiental del establecimiento, y se solicitará
de forma continuada su colaboración voluntaria. Las campañas de
sensibilización y motivación hacia los clientes deberán
ser de carácter continuo.
g) Aprovisionamiento.- Se colaborará con los proveedores y se solicitará
su colaboración para que la gestión medioambiental del establecimiento
se inicie en el proceso de aprovisionamiento externo del mismo.
4 INSTALACIONES
ZONAS COMUNES
4.1 Se dispondrá de un comedor donde se ofrezca el servicio de restauración
que podrá se buffet, tanto para el servicio del desayuno, comida y cena.
4.2 El comedor principal tendrá una capacidad de cómo mínimo
del 40% de las plazasdel establecimiento.
4.3 Se dispondrá de restaurantes temáticos que complemente la
oferta de restauración del comedor principal. El número de restaurantes
temáticos dependerá de la categoría del establecimiento:
5* 4 * 3* 2* 1*
4 restaurantes 3 restaurantes 3 restaurantes 2 restaurantes 1 restaurante
4.4 En la zona de la piscina estará situado el snack bar, el número
de mesas será como mínimo del 40% de las plazas del establecimiento
4.5 El snack bar no podrá ser considerado restaurante temático
en ninguna de las categorías incluidas en el punto 4.3
4.6 Piscina: con independencia de la reglamentación vigente para piscinas,
el área de piscina debe informar adecuadamente a los usuarios sobre medidas
de seguridad y preventivas que éstos deberán observar y cumplir.
Deberá disponer de personal con formación en salvamento y socorrismo.
4.7 El establecimiento contará con un técnico en primeros auxilios
con dedicación exclusiva y presente en la piscina cubriendo todo el horario
de la misma.
4.8 El establecimiento dispondrá de Botiquín de Primeros Auxilios
y Equipo de Desfribilación.
4.9. El equipamiento del área de piscina debe disponer de:
a) Duchas
b) Aseos
c) Vestuarios
d) Servicios de toallas en 4 y 5 estrellas. En 3 estrellas, por petición
del cliente.
e) Tumbonas o hamacas con colchonetas en 4 y 5 estrellas (como mínimo
en cantidad del 50% de las plazas del establecimiento).
f) En los establecimientos de 3, 2 y 1 estrella el número mínimo
de hamacas será del 50% de las plazas del establecimiento
g) Sombrillas o elementos naturales alternativos (como mínimo en cantidad
del 30% de las plazas del establecimiento).
4.10 El establecimiento dispondrá de al menos un salón con televisión
con una capacidad mínima del 30% de las plazas.
4.11 El establecimiento dispondrá al menos de un salón bar con
una capacidad mínima del 60% de las plazas.
4.12 El establecimiento dispondrá al menos de una sala de animación
cubierta que ofrecerá animación nocturna con una capacidad mínima
del 60% de las plazas.
4.13 El establecimiento dispondrá al menos de una sala al aire libre
que ofrecerá animación diurna con una capacidad mínima
del 60% de las plazas.
4.14 El establecimiento dispondrá de guardería acondicionada para
la prestación de servicios destinados a los infantes menores de 12 años.
4.15 El establecimiento dispondrá de vigilancia las 24 horas del día.
5 RESTAURACIÓN
RESTAURANTE BUFFET
5.1 En el caso que el sistema de prestación utilizado sea el de buffet,
antes del inicio del servicio los módulos de buffet deberán estar
preparados convenientemente. Éstos se considerarán listos para
el servicio cuando:
a) Los módulos sean suficientemente amplios, cuenten con las instalaciones
de frío y caliente necesarias, y se encuentren convenientemente ubicados
en el comedor.
b) La presentación general y la disposición de los diferentes
productos y utensilios de los módulos sea agradable y adecuada conforme
a las reglas básicas de hostelería.
c) La comida esté convenientemente presentada/emplatada y colocada en
los módulos del buffet.
d) Estén a disposición del cliente los utensilios necesarios para
servir el contenido de cada plato.
e) Estén a disposición del cliente en cantidad suficiente los
utensilios de menaje necesarios.
f) Este señalizado en diversos idiomas el contenido básico de
los productos.
5.2 El contenido del buffet se considerará acorde a los deseos del cliente
si se cumplen los siguientes requisitos:
a) La calidad de los alimentos sea buena
b) La variedad de categorías de productos que se incluyen en el buffet
es suficiente
c) El surtido de oferta en cada una de las categorías es suficientemente
amplio
d) El contenido ofrecido diariamente es suficientemente distinto al de los dos/cuatro
días anteriores
e) Los productos que se vayan agotando sean repuestos convenientemente.
f) Los platos sucios utilizados por los clientes sean retirados de las mesas
con prontitud. En la elaboración del menú de comida y cena correspondientes
a un mismo día, y a varios días seguidos, se aplicarán
los criterios gastronómicos que aseguren un suficiente nivel de variedad
en los alimentos.
5.3. Cualquier plato de pescado o carne, cocinado de la misma forma, no puede
repetirse en un plazo inferior:
a) a una semana, para hoteles de 5 estrellas
b) a cuatro días, para hoteles de 4 estrellas
c) a tres días, para el resto de establecimientos.
5.4. Los menús deberán cambiarse cada año en los establecimientos
de 5 y 4 estrellas, y cada dos años en el resto. La actualización
de los menús, además de suponer la redefinición del contenido
diario ofrecido, deberá alcanzar por
lo menos al 30% de los platos principales y de los acompañamientos.
5.5. El contenido de los buffet deberá adaptarse cada temporada a las
características de la clientela alojada en el establecimiento, y a los
productos naturales propios de cada temporada.
5.6 El buffet de almuerzo y cena, cualquiera que sea la categoría de
establecimiento, deberá cubrir las siguientes categorías de platos:
Plato Estandar
Primeros platos Sopas, consomé, arroces, legumbres,
ensaladas y entremeses, pastas, huevos
Segundo platos Aves, carnes, pescados, huevos
Postres Fruta, helados, reposteria
5.7. El número mínimo de platos que deben incluirse en el buffet
de almuerzo o cena a nivel global y por cada una de las tipologías de
platos que son obligatorias, dependerá principalmente de su categoría,
tal como se muestra en la siguiente tabla:
5.8 Las bebidas se servirán en mesa para los establecimientos de 3, 4
y 5 estrellas.
5.9. Los establecimientos de 5 estrellas deberán tener un punto de buffet
con cocina en vivo, cara al cliente.
5.10. Los servicios de almuerzo o cena en buffet contarán con el personal
suficiente para reponer los productos a medida que se consuman, retirar de las
mesas los platos utilizados y cambiar las mesas a medida que queden libres.
5.11 Se utilizará vajilla y cristalería en todos los servicios.
Solo se permite el uso de platos y vasos de plástico en la zona de la
piscina por normas de seguridad, pero no así en el snack bar.
5.12 Las bebidas alcoholicas serán de marcas reconocidas, no se permiten
segundas marcas, ni bebidas a granel.
6 GESTIÓN DE LOS RECURSOS HUMANOS
6.1. La dirección deberá definir los requisitos y criterios a
aplicar en la selección de personal para determinados puestos de trabajo
o funciones, que considere clave para el servicio al cliente.
6.2. Aquellos trabajos que por sus características lo requieran, serán
efectuados por personal debidamente cualificados o acreditados para tal actividad.
6.3. Entre los requisitos definidos deberán figurar, para todas las personas
en contacto con el cliente, los relativos al conocimiento y/o dominio de idiomas,
con indicación expresa del número de idiomas a conocer según
los países de procedencia de los clientes.
6.4. La incorporación de una persona a un establecimiento deberá
iniciarse con un proceso de selección de personal que deberá estructurarse
en las siguientes etapas:
a) Reclutamiento de personal, para lo cual se utilizarán las vías
más adecuadas: oficina de empleo, escuelas y centros de formación,
etc.
b) Evaluación de la capacidad de las diferentes personas y contraste
de las
mismas.
c) Evaluación de otros requisitos: valores, personalidad, condiciones
económicas, etc. Selección de las personas más adecuadas.
6.5 La incorporación operativa de una persona debe ir precedida de un
período de formación en el que se le explique los niveles de servicio
que se ofrecen a los clientes y las normas de comportamiento que debe aplicar
para un perfecto acoplamiento a su puesto de trabajo. Para facilitar esta actividad,
cada establecimiento deberá tener un documento en el que se definan aspectos
básicos del mismo, de manera que cada nueva incorporación pueda
conocer de forma eficaz y rápida el funcionamiento general del establecimiento.
Para la incorporación de personal eventual, en especial el procedente
de ETTs, estará definido el modo de adiestramiento de manera que éste
sea ágil y eficaz y que el uso de esta vía de contratación
no suponga una condición
adversa a la calidad.
6.6 La dirección del establecimiento o aquel que tenga la responsabilidad
asignada, deberá definir un plan de formación en aquellas áreas
o
defina el modo mediante el cual identifica las necesidades de formación,
bien por unidades de servicio, bien por especialidades que puedan afectar a
la calidad del servicio o la satisfacción del cliente. El plan podrá
contener acciones formativas impartidas tanto por el personal externo como del
propio establecimiento. Para elaborar este plan es necesario que el establecimiento
áreas de actividad, etc. Estas necesidades de formación son la
base para elaborar el plan de formación que deberá tener establecido
la frecuencia de su preparación y el seguimiento del mismo.
6.7. La dirección deberá proporcionar la formación necesaria
para que los empleados del establecimiento puedan mantener un adecuado nivel
de calidad en la prestación de sus servicios. Entre los temas de formación
deberían estar previstos los siguientes:
a) Fórmulas de cortesía y trato con el cliente (adecuándolos
a posibles cambios de la tipología o hábitos del cliente).
b) Idiomas
d) Informática
e) Gestión medioambiental
f) Prevención de Riesgos Laborales
6.8 El establecimiento garantizará un mínimo de personal cualificado
que permita dar un servicio y una atención adecuada en todo momento,
evitando las esperas innecesarias que reduzcan el nivel de prestaciones.
6.9 Plantilla mínima obligatoria en los establecimientos que oferten
la modalidad de Todo Incluido
90/100% 50-70%
Plazas (aprox) Categoría Hoteles Temporada alta Temporada baja
450 * * * 95 80
500 * * * 98 83
580 * * * 100 85
300 * * * 70 55
500 * * * * 100 85
1000 * * * * 150 135
1000 * * * * 160 145
400 * * * * 95 80
600 * * * * 115 100
475 * * * * 98 83
300 * * * * * 100 85
400 * * * * * 115 100
500 * * * * * 130 115
600 * * * * * 140 125
7 PREVENCIÓN RIESGOS LABORALES
7.1 Exposición de motivos
Teniendo en cuenta que nos encontramos en una gestión basada en la Calidad
Total y para alcanzar ésta meta, debemos implantar en todos y cada uno
de los departamentos y de sus integrantes la gestión de la prevención
de los riesgos laborales. Las empresas que quieran incluirse en la modalidad
del denominado ?Todo Incluido?, deberán actuar y participar activamente
en la implantación de la prevención de riesgos laborales; éste
apartado, que garantizará a los trabajadores su salud y un buen ambiente
laboral aumentando a su vez la calidad de atención a los clientes, garantizará
también seguridad de los mismos y en particular de los más pequeños,
las mujeres embarazadas, los ancianos y las personas con dificultades o disminuciones
físicas y/o sensoriales.
7.2 Documentación
Todas las empresas que deseen realizar la oferta de la modalidad Todo Incluido,
deberán aportar en el momento de su solicitud y posteriormente en el
periodo comprendido entre al 15 y el 31 de diciembre de cada año para
las posteriores renovaciones, documento según el modelo anexo I, donde
se realice la declaración relativa a los temas relacionados con la prevención
de riesgos laborales.
7.3 Recurso preventivo propio
Todas las empresas que deseen realizar la oferta de la modalidad Todo Incluido,
deberán garantizar que como mínimo, entre sus trabajadores, disponen
de un técnico con una formación mínima de nivel intermedio,
el cual deberá estar asignado como mínimo el 40 % de su jornada
laboral diaria a la realización de tareas preventivas, y entre otras
tareas preventivas deberá realizar:
a) La coordinación con el SPA en caso de ser esta la modalidad preventiva
existente en la empresa.
b) El control de las medidas de prevención propuestas por el Servicio
de Prevención (en cualquier de las modalidades existentes)
c) El control de los equipos de lucha contra incendio (estado y localización)
d) El control de señalizaciones de evacuación y salida.
e) El control de las vías de paso, evacuación y salida de emergencia.
f) Control de maquinas y equipos de trabajo.
g) Ser designado como el recurso preventivo de la empresa.
7.4 Recurso de gestion basico
Todas las empresas que deseen realizar la oferta de la modalidad Todo Incluido,
deberán garantizar una formación mínima de los jefes de
departamento como técnicos básicos en prevención de riesgos
laborales.
7.5 Formación especifica
Todas las empresas que deseen realizar la oferta de la modalidad Todo Incluido,
deberán garantizar la formación especifica teórica y practica
en materia de prevención de riesgos laborales de su puesto de trabajo
del 100 % de sus trabajadores antes de la incorporación a su puesto de
trabajo.
7.6 Información a los trabajadores
Todas las empresas que deseen realizar la oferta de la modalidad Todo Incluido,
deberán facilitar a los trabajadores al inicio de cada temporada documento
con los riesgos específicos de su puesto de trabajo, específico
de aquel centro donde esté destinado, o en caso de ser en distintos centros,
de todos aquellos en los que realice trabajos, este documento deberá
incluir fotografías de los equipos, maquinas, etc...
7.7 Emergencias
Todas las empresas que deseen realizar la oferta de la modalidad Todo Incluido,
entregarán documentación cada inicio de temporada y realizará
una formación mínima de una hora de duración específica
a todos los trabajadores de cómo actuar en caso de incendio, emergencia,
amenaza de bomba, etc. Para este fin, dispondrán de un plan de emergencias
y autoprotección, donde exista una evaluación concreta de los
riesgos de emergencia y su valoración. Se efectuaran anualmente los nombramientos
documentalmente de los encargados de las emergencias y en lugar visible y localizable
existirá un listado con los teléfonos de localización de
dichas personas.
7.8 Evaluación de riesgos
La empresa realizará anualmente antes del inicio de la temporada y cuando
los trabajadores estén en su puesto de trabajo una evaluación
del centro de trabajo por zonas y por puestos de trabajo individualizada, en
presencia de los delegados de prevención o representantes de los trabajadores,
de la cual se verán los aspectos de riesgos físicos, psicosociales,
ergonómicos y de accidentes mecánicos así como biológicos,
de la cual se extraerá una planificación de la actividad preventiva
con las correspondientes deficiencias y soluciones o propuestas correctoras,
las cuales se deberán tener en cuanta en un periodo no superior a 5 meses.
7.9 Coordinación de actividades
Todas las empresas que deseen realizar la oferta de la modalidad Todo Incluido,
deberán mantener al día las documentaciones de coordinación
de actividades empresariales, manteniendo informadas a las empresas subcontratadas
o que realicen tareas en el mismo centro de trabajo o compartan el mismo (alquiler
de vehículos, animadores, promotores de productos, tiendas interiores,
vigilantes, etc...) de los riesgos existentes en las zonas compartidas y los
riesgos existentes por las emergencias, así como las actuaciones a seguir
y los comportamientos en caso de emergencia y/o evacuación. Las empresas
subcontratadas, deberán compartir el mismo tipo de información
con la empresa contratante.
7.10 Comité de seguridad y salud laboral
Todas las empresas que deseen realizar la oferta de la modalidad Todo Incluido,
con plantillas de mas de 50 trabajadores deberá disponer de comité
de seguridad y salud laboral, y debido a la temporalidad de las empresas, éste
se reunirán cada 30 días a petición de una de las partes.
7.11 Primeros auxilios
Las empresas que deseen realizar la oferta de la modalidad Todo Incluido, dispondrán
de cómo mínimo 1 local adecuado para los primeros auxilios, dotados
con los equipos mínimos necesarios, bien comunicados, señalizados
y accesibles con rampa de acceso. La dotación dependerá de la
categoría de centro. En su interior además de camilla, agua potable
y un botiquín con el surtido mínimo necesario y el material de
primeros auxilios, se dotará de luz, teléfono, luz de emergencia,
desfibrilador, aparato de electrocardiograma ( en uno de ellos ) oxigeno y se
dispondrá del personal sanitario mínimo para su utilización
las 24 horas del día
2* 3* 4* 5*
Local camilla 1 Local camilla 1 Local con camilla 2 Local con camilla 2
Botiquín 1 Botiquín 1 Botiquín 2 Botiquín 2
Oxígeno NO Oxígeno SI 1 Oxígeno SI 2 Oxígeno SI
2
Desfibrilador NO Desfibrilador NO Desfibrilador SI 2 Desfibrilador SI 2
Electro NO Electro NO Electro S I 1 Electro SI 1
Agua potable SI Agua potable SI Agua potable SI Agua potable SI
Personal NO Personal 12 H Personal 24 H Personal 24 H
7.12Vigilancia de la salud
Las empresas que deseen realizar la oferta de la modalidad Todo Incluido, garantizaran
la vigilancia de la salud de todos sus trabajadores, procediendo a realizar
reconocimientos medicos periodicos preventivos como minimo 2 veces al año
y cuantas veces lo considere oportuno el medico del servicio de prevención,
estos reconocimientos se realizarán en un periodo máximo comprendido
en los 45 dias posteriores a la apertura del centro de trabajo, y en los casos
de ser centros de trabajo que mantengan los centros abiertos todo el año
o a la plantilla contratada todo el año , el primer reconocimiento se
realizará dentro del primer trimestre y el segundo en los prineros dos
meses del segundo semestre, garantizandose que los resusltados de dichos reconocimientos
estan en poder de los trabajadores en un plazo máximo de 15 dias y las
cartas o certificados de aptitud en poder de la empresa en un periodo no superior
a 15 días de haberse realizado el reconocimiento.
Los departamentos en los que se manipulen alimentos, deberán realizar
los controles periodicos exigidos por la ley en cuanto a enfermedades infecciosa
y todo el personal de estos departamentos, deberá poseer del carné
de manipulador de alimentos.
7 ADAPTACIÓN AL REGLAMENTO
7.1 Los establecimientos que ofrezcan la modalidad de Todo Incluido tienen un
plazo de 6 meses para adaptarse a los requisitos que se recogen en este reglamento,
si pasado este tiempo no lo cumplen no podrán ofrecer esta modalidad.
8 INSPECCIÓN
8.1 Los Consells Insulares serán los responsables de supervisar el cumplimiento
de este Reglamento a través de técnicos especializados en Sistemas
de Calidad.
8.2 Los Consells Insulares constituirán una Comisión de Calidad
cuya composición incluirá representantes del sector, sindicatos
y Administración Local, con el fin de supervisar y controlar el cumplimiento
de los requisitos en Gestión Medioambiental y Calidad del servicio, producto
e instalaciones.
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